Christopher David Calzado Mieses denuncia fue estafado por Bryan Ernesto Núñez Gil al comprar vehículo por redes sociales

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 depositó rd$30,000 pesos y se quedó sin carro ni dinero ante presunta estafa de bryan núñez gil

 

4 de septiembre de 2026

 

Santo  Domingo Este RD..joven Christopher David Calzado Mieses ha denunciado públicamente haber sido víctima de estafa por parte de Bryan Ernesto Núñez Gil, quien aparece en la fotografía del lado derecho. Según el relato, Christopher contactó a Núñez Gil a través de una publicación en Facebook donde ofrecía en venta un vehículo marca Toyota.


 joven denuncia que bryan ernesto núñez gil le estafó rd$30,000 pesos por compra de toyota en facebook

Llegado a un supuesto acuerdo de compra, Bryan Ernesto Núñez Gil le facilitó su número de cédula para que realizara el depósito. Christopher entregó la suma de RD$30,000 pesos por concepto de pago, a través del Banco de Reservas. Sin embargo, tras recibir el dinero, nunca le entregó el vehículo ni devolvió el pago, dejándolo sin automóvil y sin su dinero.


Christopher David se siente profundamente preocupado y desprotegido ante lo sucedido, por lo que ha dado a conocer el caso ante nuestro portal y hace un llamado a las autoridades para que intervengan, investiguen los hechos y se haga justicia.


CÓDIGO PENAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
 
 Artículo 379 — ESTAFA
 
La estafa se comete cuando alguien usa engaños o falsas cualidades para inducir a otra persona a entregar dinero, bienes o valores.
 
Pena: Prisión de 6 meses a 2 años y multa. Si la cantidad es grande o hay varias víctimas, la pena aumenta.
 
 Artículo 380 — ESTAFA AGRAVADA
 
Se considera más grave cuando:
 
- Se hace por medios electrónicos, internet, redes sociales o mensajes
- Se usa identidad falsa o documentos falsos
- Se aprovecha de la confianza o buena fe de la víctima
 
Pena: Puede llegar hasta 5 años de prisión.
 
 
 
LEY 126-04 — SOBRE DELITOS INFORMÁTICOS
 
Protege a las personas cuando el delito se comete por internet, redes sociales, correos o teléfono. Es la ley que se aplica cuando lo estafan por Facebook u otras páginas.
 
Permite:
 Investigar cuentas, mensajes y publicaciones
Pedir a Facebook o Google los datos del autor
 Usar capturas de pantalla y mensajes como pruebas legales
 
 
 
 CÓDIGO PROCESAL PENAL — LO QUE DEBE HACER LA VÍCTIMA:
 
1. Denunciar ante la Fiscalía o la Policía — llevar:
- Capturas de pantalla de la conversación
-  Comprobante del depósito bancario
-  Nombre y cédula del estafador
- ✉️ Mensajes donde le prometió entregar el vehículo
2. La denuncia NO se quita después — una vez puesta, el Estado investiga y persigue al estafador aunque la víctima cambie de opinión.
 
 
 
 EN EL CASO DE BRYAN ERNESTO NÚÑEZ GIL:
 
- Recibió el dinero → NO entregó el vehículo → NO devolvió el pago
- Usó Facebook para engañar → Estafa por medio informático (Ley 126-04)
- Facilitó su cédula y confió en eso para que depositaran → abuso de confianza
- Todo está comprobado con depósito y mensajes
 
Esto es un delito claro. Las autoridades pueden ordenar su captura, investigar sus cuentas y obligarlo a devolver el dinero además de cumplir pena.

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