Por Armando Olivero, el autor experto en Derecho de Autor, abogado y músico reputado
La República Dominicana ha dado un paso significativo en la preservación de su
patrimonio cultural con la presentación de una nueva versión del Himno Nacional.
Grabada para su uso en actos oficiales, esta iniciativa busca rectificar las distorsiones
musicales que se han popularizado a lo largo del tiempo, regresando a la esencia de la
partitura original de los próceres José Reyes y Emilio Prud’homme.
La medida no solo subraya el compromiso del gobierno con los símbolos patrios, sino que también reafirma el respeto por la integridad de la obra y el derecho de autor.
El proyecto, que ha contado con la participación del Coro Nacional y la Orquesta Sinfónica Nacional bajo la dirección del maestro José Antonio Molina, marca un punto de inflexión. A diferencia de las grabaciones anteriores, la nueva interpretación se apega rigurosamente a la partitura original.
Se han eliminado los arreglos y dúos vocales que, si bien se habían convertido en parte del imaginario popular, no formaban parte de la composiciõn primigenia.
La controversia sobre versiones previas se centraba en la alteración de su estructura armónica vocal, una práctica que vulneraba la integridad de nuestro símbolosonoro patrio.
El maestro Molina ha expresado que «en el Himno Nacional no hay una nota de más, ni una
coma de menos», lo que subraya que la grabación busca honrar la intención original de sus autores.
El resultado es una dimensión sonora más clara y digna que rinde homenaje a la identidad y el orgullo nacional.
El Marco Legal y la Protección de la obra
La necesidad de esta nueva grabación tiene un sólido sustento en la legislación dominicana. El Artículo 33 de la Constitución establece que el Himno Nacional, con la composición musical de Josê Reyes y letras de Emilio Prud’homme, es «único e invariable».
Este mandato constitucional se refuerza con dos instrumentos legales cruciales: la Ley
210-19, que regula el uso de los Símbolos Patrios, y la Ley 65-00, sobre Derecho de Autor.
La Ley 210-19 prohíbe explícitamente «cambiar su letra y tiempo musical», así como
«convertirlo en una pieza musical bailable», calificando estas acciones como un «ultraje
contra el Himno Nacional» y estableciendo sanciones penales.
Por su parte, la Ley 65-00 protege el derecho moral de los autores, otorgándoles la capacidad de oponerse a cualquier deformación, mutilación o modificación de su obra que pueda afectar su honor o
reputación. Aunque la obra de Reyes y Prud’homme ha pasado a ser de dominio público, su condición de símbolo nacional le confiere una protección especial que garantiza su inalterabilidad.
. A pesar de la inversión de tres millones de pesos del erario público, la cual, según algunas opiniones, debe ser aclarada, esta nueva grabación no solo corrige una anomalia musical, sino que también subraya la importancia de preservar y respetar los
símbolos que definen la identidad de la nación.
La versión resumida del Himno Nacional será de uso obligatorio en todos los actos
oficiales, embajadas, consulados y centros educativos, asegurando que las futuras
generaciones reciban una interpretación fiel a la visión original de sus creadores.