Por: Esteban Rosa
Santo Domingo RD. La actualización del marco legal que regula la libertad de expresión y los medios de comunicación constituye una necesidad ante la realidad tecnológica y digital que vive la sociedad dominicana. Las redes sociales, las plataformas digitales y los nuevos canales de información han transformado profundamente la forma en que las personas ejercen su derecho a informar y a expresarse, por lo que resulta razonable adecuar la legislación a estos nuevos escenarios.
Entre los aspectos positivos del proyecto se encuentra la intención de fortalecer la protección de derechos fundamentales como la dignidad humana, la intimidad, el honor, la propia imagen y la reputación de las personas. En una época donde la difusión de información falsa, los ataques personales y la exposición indebida de la vida privada pueden propagarse en cuestión de segundos, resulta legítimo que el Estado establezca mecanismos que contribuyan a preservar la convivencia, la responsabilidad en el ejercicio de la comunicación y el respeto entre los ciudadanos.
Sin embargo, toda regulación en materia de libertad de expresión debe ser cuidadosamente diseñada para evitar que, bajo el propósito de proteger derechos, se generen restricciones desproporcionadas al ejercicio del periodismo y de la comunicación. Algunos sectores han manifestado preocupación por disposiciones que podrían otorgar amplias facultades al órgano regulador o permitir interpretaciones subjetivas sobre el contenido de determinadas publicaciones. Esto podría generar autocensura entre periodistas, comunicadores, medios y ciudadanos por temor a sanciones o procesos administrativos.
La democracia requiere una prensa libre, crítica e independiente. La posibilidad de investigar, denunciar actos de corrupción, cuestionar decisiones de las autoridades y expresar opiniones diversas constituye uno de los pilares esenciales del Estado de derecho. Por ello, cualquier limitación a la libertad de expresión debe ser excepcional, necesaria, proporcional y claramente definida por la ley, evitando conceptos ambiguos que puedan dar lugar a aplicaciones arbitrarias.
En ese sentido, considero recomendable que el Congreso Nacional realice un análisis profundo de aquellos artículos que establezcan facultades sancionadoras, mecanismos de supervisión, regulación de contenidos digitales y criterios relacionados con el honor, la moral, la reputación o el interés público. Estos conceptos deben estar claramente delimitados para impedir interpretaciones discrecionales que puedan afectar el debate democrático o limitar el derecho de los ciudadanos a recibir y difundir información.
Asimismo, sería conveniente reforzar las garantías del debido proceso, asegurar la independencia del órgano regulador, establecer recursos efectivos contra sus decisiones y reafirmar expresamente la prohibición de cualquier forma de censura previa. De igual manera, debe garantizarse una protección especial para el periodismo de investigación y para las expresiones de evidente interés público, siempre que sean ejercidas de buena fe y con apego a la verdad verificable.
En conclusión, la modernización de la legislación representa una oportunidad para proteger la dignidad de las personas en el entorno digital sin sacrificar uno de los derechos fundamentales de toda sociedad democrática: la libertad de expresión. El reto consiste en alcanzar un equilibrio que permita combatir los abusos y proteger la reputación de los ciudadanos, sin convertir la regulación en un instrumento que inhiba el pensamiento crítico, el debate público o la labor de quienes tienen la responsabilidad de informar.
